Escalera hacia la gestión de calidad y seguridad del paciente

Por: Dr. Jaime Otero Injoque

El Ministerio de Salud del Perú (MINSA) regula y dirige el sector salud, formulando políticas, planes y programas para la promoción de la salud, así como la prevención, tratamiento y rehabilitación de las enfermedades. En ese marco, se define el concepto de institución prestadora de servicios de salud (IPRESS), referido a cualquiera de los establecimientos de salud públicos, privados o mixtos que brindan atención a pacientes. Al respecto, muchos profesionales no suelen reparar en que el acto mismo de brindar atención odontológica —al margen de la naturaleza, tamaño, condiciones de funcionamiento o antigüedad del lugar donde se presta— configura inmediata e ineludiblemente la existencia de una IPRESS. No es una condición que dependa de trámites, voluntad o criterios: nace desde el momento en que un paciente es atendido.

Una institución prestadora de servicios de salud (IPRESS) es todo establecimiento que brinda atención a pacientes, al margen de la naturaleza, tamaño, condiciones de funcionamiento o antigüedad del lugar donde se presta.

Sin embargo, esta realidad aún no ha sido plenamente interiorizada por parte de algunos cirujanos dentistas, alejándolos del obligatorio cumplimiento de ciertas responsabilidades concretas en el marco de la gestión de la calidad y la seguridad del paciente, la gestión documental y el cumplimiento regulatorio. Por ello, este artículo busca abrir un espacio de reflexión orientado a promover una visión más consciente y evolutiva sobre la formalización progresiva de los consultorios y centros odontológicos, entendida como un compromiso profesional con la excelencia y con la protección integral de quienes confían en nuestros servicios.

El mencionado espacio de regulación se consolida figurativamente a través de una secuencia progresiva, que inicia por la licencia de funcionamiento municipal y la ITSE – Inspección técnica de seguridad en edificación – y que a nivel sectorial puede implicar los siguientes peldaños fundamentales: categorización, supervisión, certificación y acreditación.

Cada uno representa un nivel distinto de madurez institucional y de compromiso con la mejora continua de la calidad, por lo que comprenderlos no solo permite cumplir con las normas, sino también fortalecer el ejercicio profesional y la confianza del paciente.

Categorización: Es el punto de partida, determinando el nivel de capacidad resolutiva del establecimiento acorde a sus documentos de gestión, infraestructura (planta física e instalaciones), equipamiento, bioseguridad, recursos humanos y garantía de la calidad. En otras palabras, define qué puede hacer la IPRESS y hasta dónde llega la competencia técnica de su cartera de servicios.

Se basa principalmente en la verificación de los recursos necesarios con los que se debe contar (estructura), siendo validada por la DIRESAS, GERESAS o DIRIS sobre la base de lo dispuesto en la Guía Técnica para la Categorización de Establecimientos del Sector Salud, aprobada mediante Resolución Ministerial N.º 076-2014-MINSA y el marco de la NTS N.º 021-MINSA/DGSP-V.03, aprobada mediante Resolución Ministerial N.º 546-2011-MINSA.

Supervisión: Constituye el mecanismo de control y verificación. A través de ella, la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD evalúa si la IPRESS cumple con los estándares de calidad, oportunidad y seguridad establecidos. Es el proceso que asegura que lo declarado en la categorización se cumpla en la práctica, desde la perspectiva de la calidad de atención y los derechos en salud y con enfoque en los procesos y los resultados de la institución, según lo estipula el Decreto Supremo N.º 034‑2015‑SA, que aprueba el Reglamento de Supervisión de la Superintendencia Nacional de Salud.

Es importante señalar que SUSALUD cuenta con facultades sancionadoras frente al incumplimiento de las obligaciones de una IPRESS, especialmente cuando dicho incumplimiento afecta la calidad de la atención, la seguridad del paciente o vulnera los derechos de los usuarios. A través de sus procesos de supervisión y fiscalización, la Superintendencia puede imponer medidas correctivas, dictar mandatos de cumplimiento y aplicar sanciones administrativas que incluyen amonestaciones, multas y, en casos graves, la suspensión temporal de servicios.

Certificación: Constituye un reconocimiento específico del cumplimiento de determinados estándares o buenas prácticas previamente establecidos para un servicio, proceso o ámbito particular de atención. A diferencia de la categorización, que determina la capacidad resolutiva del establecimiento, y de la supervisión, que verifica el cumplimiento de las obligaciones aplicables, la certificación valida que la institución ha alcanzado condiciones definidas para un propósito concreto, generalmente vinculadas con la calidad, la seguridad o determinadas características de la atención.

En este sentido, la certificación puede representar un paso adicional en el proceso de fortalecimiento institucional, al impulsar a la IPRESS a demostrar mediante una evaluación objetiva el cumplimiento de requisitos específicos y a cerrar las brechas identificadas. Su alcance depende del tipo de certificación y de la norma que la regula, siendo las de uso más frecuente las normas de calidad ISO, establecidas por la International Organization for Standardization.

Acreditación: Representa el peldaño superior de reconocimiento formal a las IPRESS que no solo cumplen los requisitos mínimos, sino que aplica integralmente buenas prácticas y estándares de calidad superiores. La acreditación – que implica inicialmente una autoevaluación y posteriormente, la validación externa del cumplimiento – hace tangible la excelencia, el compromiso con la mejora continua y la responsabilidad institucional frente a la ciudadanía.

La acreditación nacional o internacional se sustenta principalmente en los procesos y los resultados de la institución y es conducida por la Unidad Funcional de Gestión de la Calidad en Salud del MINSA, instancia responsable de diseñar y conducir la gestión de la calidad en el ámbito sectorial e institucional; y las Comisiones Sectoriales de Acreditación de Servicios de Salud, fundamentales para asegurar que los servicios de salud sean de alta calidad y que los usuarios reciban atención oportuna, completa, segura y con trato amable.

Si bien es cierto que el proceso de acreditación de IPRESS en el Perú es aún incipiente y bastante lejano para la práctica del cirujano dentista, en la Norma Técnica de Salud N.º 050-MINSA/DIGC, se tienen declarados los estándares y los criterios de evaluación respectivos para cada categoría de IPRESS, orientados a verificar el cumplimiento de buenas prácticas en gestión clínica, seguridad del paciente y calidad de atención.

Hacia una cultura de calidad y seguridad

La comprensión de esta escalera regulatoria debe trascender el cumplimiento administrativo. Cada peldaño refleja una oportunidad para fortalecer la gestión clínica, optimizar procesos y garantizar la seguridad del paciente. Formalizar un consultorio odontológico no es un acto burocrático: es una declaración de responsabilidad profesional y ética y debe sustentarse en una articulación lógica y sólida entre las tres instancias, entendidas como un continuo de calidad.

En un contexto donde la salud bucal se integra cada vez más al enfoque de salud integral, cumplir con la categorización, supervisión y acreditación no solo es respetar las normas, sino consolidar la confianza social en la odontología peruana. La calidad y la seguridad del paciente no son metas finales, sino caminos que se recorren con conocimiento, compromiso y convicción.